Una campaña alerta sobre las obligaciones que tienen las tintorerías
El Consorcio Extremeño de Información al Consumidor iniciará este mes una campaña para informar a los ciudadanos sobre las reclamaciones que pueden formular cuando no reciben un buen servicio del sector de las tintorerías y para dar a conocer las obligaciones que deben cumplir estos establecimientos.
El de las tintorerías es un sector que genera numerosas quejas y sobre el que hay un importante desconocimiento, según este órgano dependiente del Instituto de Consumo de Extremadura (INCOEX), ha informado hoy el Gobierno regional en un comunicado.
Todas las tintorerías, y en general las empresas de limpieza, teñido y conservación de productos textiles, cueros, pieles y sintéticos, están obligadas a exhibir al público una serie de datos que garanticen una información previa a sus usuarios. Por ejemplo, deben mostrar los precios máximos de los servicios que prestan, el horario de atención al público, leyendas referentes a la tenencia de hojas de reclamaciones y pago anticipado, y una carta de recomendaciones.
En el momento de la entrega de la prenda por parte del cliente, el prestador del servicio deberá proporcionar, en todos los casos, un resguardo o justificante del servicio. El consumidor debe fijarse bien en que en este resguardo no aparezca ninguna exención de responsabilidades, como, por ejemplo "reserva de mancha", de la que no se le haya informado previamente, puesto que si figura y lo firma, el establecimiento se librará de cualquier obligación.
La presentación del resguardo será obligatoria en el momento de retirar las prendas y deberá ser devuelto al cliente como documento justificativo a efectos de cualquier posible reclamación.
Si existiera algún desperfecto, el cliente no debe llevarse la prenda con él, ya que en ese caso no habrá garantía de que la anomalía se haya realizado en la tintorería. Si existe desacuerdo, debe solicitar una hoja de reclamaciones o acudir a una oficina de consumo pues, en muchos casos, las diferencias pueden resolverse por voluntad de las partes en el Sistema Arbitral de Consumo.
Fuente: EFE